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Parque «José María Velasco» será parte de la Comisión Estatal de Parques Naturales

El Parque Natural de Recreación Popular denominado “José María Velasco” de Temascalcingo, se recategorizó como Parque Estatal, para el establecimiento de la zonificación, ecoturismo y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales. 

De acuerdo a las características naturales del Área Natural Protegida, los usos actuales de los recursos naturales y las estrategias de conservación que se deben implementar para garantizar su preservación, fue necesaria la recategorización como Parque Estatal.

Parque Natural José María Velasco en Temascalcingo 1

Historia del Parque Natural «José María Velasco»

En 1978 el Ejecutivo del Estado de México decretó la creación del Parque con una superficie de 29 mil 393 m2. El Ejido de La Corona aportó una superficie de 25 mil 409 m2 al Ayuntamiento, de acuerdo a información de la Gaceta de Gobierno.

La creación del Parque Natural fue para promover la forestación y reforestación, así como la regeneración y mejoramiento del suelo y de las aguas que integran el medio ambiente, prohibiendo las construcciones y asentamientos humanos.

Sin embargo, se considera una zona importante para la prestación de servicios ambientales, culturales, de recreación y esparcimiento, por lo que se decidió recategorizarlo.

El 16 de agosto de 2022 se publicó en el Periódico Oficial el Acuerdo de Aviso de Consulta Pública del Estudio Previo Justificativo para la modificación de la categoría, ubicación y superficie del Área Natural Protegida.

Aprovechamiento de los ecosistemas

La Secretaría del Medio Ambiente a través de la Comisión Estatal de Parques Naturales y de la Fauna, tendrá bajo su administración y vigilancia el Parque «José María Velasco». Las modalidades a que se sujetará el uso o aprovechamiento de los ecosistemas serán las que apliquen en función a la zonificación.

Solo se permitirá realizar actividades de monitoreo del ambiente y aquellas de aprovechamiento de bajo impacto como la recolección de madera muerta; serán prohibidas las actividades que por su naturaleza resulten contaminantes, provoquen destrucción, modifiquen los hábitats e introduzcan especies exóticas.

Además, queda prohibida la ejecución de obras y actividades que modifiquen la belleza natural del Parque Estatal.

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